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Noticia de El Faro de Ceuta

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Ocho meses después se concluye que no hay indicios ni siquiera “en grado de probabilidad” suficiente y se acuerda el sobreseimiento provisional

En septiembre de 2019, la Jefatura Superior de Policía de Ceuta difundió en una nota de prensa remitida a los medios de comunicación, bien avanzada la noche, los resultados de una operación que se había saldado con la detención de un agente de la Policía Nacional y una funcionaria, ambos destinados en el departamento de expedición de DNI y pasaportes.

Este jueves, ocho meses después, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 ha dictado auto de sobreseimiento provisional y archivo de la causa. El agente de la Policía investigado ha estado defendido en este procedimiento por el abogado Clemente Cerdeira.

La decisión judicial se ha sustentado en el amplio informe del Ministerio Fiscal en el que deja claro que “no concurren indicios sólidos y suficientes para considerar las conductas de los investigados subsumibles en los tipos penales de estafa, falsedad documental, malversación y fraude”, siendo imposible sostener una acusación en contra de los investigados ante el Tribunal del Jurado. Tras haberse practicado las diligencias de instrucción necesarias, el Ministerio Fiscal aclara que “no existen indicios en grado de probabilidad suficiente para considerar justificada la perpetración del delito y acordar la continuación de las actuaciones”. En el auto, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, no solo se acuerda el archivo de la causa sino que se solicita que se informe de esta resolución a la Dirección General de la Policía Nacional.

En esos ocho meses de separación entre la nota de prensa remitida a los medios de manera sorpresiva -es extraño que se comunique una operación así de noche, como sucedió el día de autos- y este auto de archivo ha pasado un periodo de penalidades para el agente de la Policía y la funcionaria de cuerpos generales adscrita a ese negociado, protagonistas de un procedimiento judicial ahora archivado y que ni siquiera llega a juicio, viéndose exculpados de cualquier actividad irregular. Pero para llegar a este punto han sido necesarias cuantiosas diligencias previas.

En sus declaraciones, los dos investigados negaron cualquier relación con los hechos por los que se les acusaban. El agente de la Policía Nacional, uno de los más destacados en su trabajo por la cantidad de documentos que expedía, negó haber modificado de manera voluntaria la aplicación informática para la expedición de documentos, ya que no se puede hacer. La cantidad de DNI gratuitos expedidos entre 2018 y 2019 tenía mucho que ver con la cantidad de cambios de domicilio solicitados por las personas, que en muchos casos tenía relación directa con la elección de colegio para sus hijos. En su manifestación recalcó que era imposible modificar datos y por lo tanto realizar cobros que no se debían. En la misma línea declaró la funcionaria investigada, auxiliar administrativo, que insistió en que el sistema no permite cambiar artificiosamente el domicilio, negando cualquier posible irregularidad.

De las declaraciones de todos los testigos que declararon no salió ni una sola crítica hacia los dos investigados, ni apreciación de posibles irregularidades. Prestó declaración el jefe del servicio de expedición de DNI y Pasaportes para verificar que en el periodo entre 2006 y 2018 creció el número de expediciones gratuitas de documentos por cambios de domicilio, señalando a los investigados como unos de los funcionarios que más documentos realizaban por su buen hacer profesional. Nunca hubo la más mínima sospecha o detalle que apuntara a la posible existencia de una expedición gratuita de documentos con ánimo fraudulento. El responsable confesó haberse sentido sorprendido por las detenciones, que venían a ‘castigar’ precisamente a los funcionarios que habían demostrado tener más agilidad en su labor diaria. Indicó que era imposible cambiar datos de filiación y domicilio, como se le atribuía a los investigados.

Todos y cada uno de los agentes que prestaron declaración coincidieron en negar la posibilidad mecánica de hacer manipulaciones en los programas, así como en valorar el trabajo que desempeñaban los funcionarios, por ser los más eficaces y productivos. Nunca se vio maniobra irregular o anómala ni, mucho menos, se tuvo noticias de que los investigados hubieran cobrado indebidamente tasas.Entre el grueso de testificales solo aparecen buenas palabras sobre la labor de los dos investigados.

Un método para cambiar el domicilio del que acude a renovar el DNI

Por videoconferencia prestaron declaración el instructor y secretario de la causa, y lo hicieron para sostener su investigación aludiendo a la existencia de un modus operandi para cambiar la nomenclatura del domicilio del ciudadano cuando acude a renovar su DNI, lo que daba pie a una “argucia” que habría derivado en una defraudación de 1.428 euros en un caso y 984, en otro. Se solicitó un informe pericial por parte de la Sección Operativa de la Dirección General de la Policía Nacional que pudiera sostener esas acusaciones. Pues bien, examinado por el Ministerio Fiscal, lo que podría ser una clave aclaratoria de todo lo sucedido no es más que una “auditoría parcial y limitada” a determinados periodos temporales hablando con ciudadanos supuestamente afectados que o bien fueron interrogados telefónicamente sin constar siquiera identidad de los mismos o bien ni pudieron ser localizados. Fiscalía apunta en su informe que “la rigurosidad” de esa auditoría “desde el punto de vista penal es cuestionable a efectos de su virtualidad enervadora de la presunción de inocencia por su carácter parcial, aleatorio y sesgado”.

Destaca que el “informe pericial” debería haberse visto completado con manifestaciones de perjudicados o injustamente beneficiados, sin que tan siquiera consten identidades de esos ciudadanos. Una labor que se entiende era complicada pero que, de haberse hecho, se tendría que haber aportado a esta investigación.

Con esta suerte de diligencias practicadas, Fiscalía -que es la única Acusación que existía en el procedimiento- considera que la práctica de esos delitos no pueden ser relacionados con los investigados al no haber quedado “acreditado, ni tan siquiera indiciariamente, que los hubieran cometido”, que hubieran manipulado el sistema para incorporar a su patrimonio determinadas cantidades correspondientes a la tramitación de documentos.

Analizado todo el procedimiento, frente a la pretensión acusatoria que se mantuvo contra el policía nacional y la auxiliar del departamento existe no solo la negativa de los dos investigados, sino todas las manifestaciones coincidentes de compañeros y jefes que calificaron a los dos de ser de “los más eficientes” y los que “tramitaban más documentos”, apuntando a la imposibilidad de que se pudiera cometer alguna irregularidad en los trámites que llevaban a cabo.

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